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El
proceso de transición hasta la certificación
A fin de permitir una
identificación clara de los productos por parte de los consumidores, se
garantizan las características del sistema de producción y elaboración orgánica
a través del sistema de certificación. Cada operador de la cadena de producción
y comercialización de productos orgánicos deberá someterse a un sistema de
control de un empresa certificador independiente.
La certificación debe velar
por el cumplimiento de las normativas. El costo es fijo y por día de trabajo
independiente de la superficie y del rinde a obtener y que por lo tanto se
diluye al aumentar cualquiera de
estas dos variables.
Al iniciar el proceso de
certificación, la empresa certificadora debe recabar los antecedentes de la
explotación mediante una inspección e informe inicial, firmado por el
inspector actuante y el responsable de la producción:
- Nombre del
establecimiento y datos personales del productor.
- Ubicación geográfica,
superficie total y por lote.
- Planos del campo con
identificación de lotes, instalaciones, destino y lugares donde se efectúen
las operaciones de elaboración.
- Descripción del paisaje.
- Descripción del suelo.
- Sistema de riego.
- Vecinos colindantes y
tipos de actividades que realizan.
- Posible fuentes de
contaminación.
- Estado de aislamiento de
las unidades productivas.
- Memoria descriptiva de
los tratamientos realizados en los últimos tres años.
Iniciando el proceso de
certificación, el acta o informe de inspección de la visita anual mínima,
firmado por el inspector actuante y el responsable de la producción, deberá
incluir como mínimo el detalle de los siguientes aspectos:
- Detalle de los lotes y
sus cultivos.
- Problemas de índole climáticos
que afectaran al cultivo.
- Abonos y labranzas.
- Orígenes de la semilla u
órganos de multiplicación
- Descripción del, estado
sanitario.
- Evaluar el aumento y
continuidad de la diversidad del ambiente.
- Análisis físico, químicos
y microbiológicos.
La producción deberá
llevarse a cabo en una unidad cuyas parcelas, zona de producción, depósitos o
galpones estén claramente separados de cualquier otra unidad que no produzca
con arreglo a las normas vigentes.
El productor que cultive en
la misma zona bajo un seguimiento no orgánico estarán sometidas a control.
Queda prohibido cualquier
almacenamiento en la unidad de insumos diferentes a los autorizados para la
producción orgánica.
Los productos deberán ser
transportados en envases adecuados cuyo sistema de cierre impida la sustitución
del contenido, provistos de una etiqueta con el nombre del responsable de la
producción.
Los registros
La agricultura orgánica
requiere como condición básica la de llevar un registro detallado de las
actividades realizadas y las producciones obtenidas. Estos registros son de gran
utilidad para la agencia certificadora para poder tener una visión más amplia
y detallada del proceso productivo:
- Registro de compra de
insumos
- Registro de producción
de lotes
- Registro de operaciones
de limpieza.
- Registro de movimiento de
hacienda.
- Registro de labores
- Registro de
precipitaciones.
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