El proceso de transición hasta la certificación

A fin de permitir una identificación clara de los productos por parte de los consumidores, se garantizan las características del sistema de producción y elaboración orgánica a través del sistema de certificación. Cada operador de la cadena de producción y comercialización de productos orgánicos deberá someterse a un sistema de control de un empresa certificador independiente.

La certificación debe velar por el cumplimiento de las normativas. El costo es fijo y por día de trabajo independiente de la superficie y del rinde a obtener y que por lo tanto se diluye al aumentar  cualquiera de estas dos variables.

Al iniciar el proceso de certificación, la empresa certificadora debe recabar los antecedentes de la explotación mediante una inspección e informe inicial, firmado por el inspector actuante y el responsable de la producción:

  • Nombre del establecimiento y datos personales del productor.
  • Ubicación geográfica, superficie total y por lote.
  • Planos del campo con identificación de lotes, instalaciones, destino y lugares donde se efectúen las operaciones de elaboración.      
  • Descripción del paisaje.
  • Descripción del suelo.
  • Sistema de riego.
  • Vecinos colindantes y tipos de actividades que realizan.
  • Posible fuentes de contaminación.
  • Estado de aislamiento de las unidades productivas.
  • Memoria descriptiva de los tratamientos realizados en los últimos tres años.

Iniciando el proceso de certificación, el acta o informe de inspección de la visita anual mínima, firmado por el inspector actuante y el responsable de la producción, deberá incluir como mínimo el detalle de los siguientes aspectos:

  • Detalle de los lotes y sus cultivos.
  • Problemas de índole climáticos que afectaran al cultivo.
  • Abonos y labranzas.
  • Orígenes de la semilla u órganos de multiplicación
  • Descripción del, estado sanitario.
  • Evaluar el aumento y continuidad de la diversidad del ambiente.
  • Análisis físico, químicos y microbiológicos.

La producción deberá llevarse a cabo en una unidad cuyas parcelas, zona de producción, depósitos o galpones estén claramente separados de cualquier otra unidad que no produzca con arreglo a las normas vigentes.

El productor que cultive en la misma zona bajo un seguimiento no orgánico estarán sometidas a control.

Queda prohibido cualquier almacenamiento en la unidad de insumos diferentes a los autorizados para la producción orgánica.

Los productos deberán ser transportados en envases adecuados cuyo sistema de cierre impida la sustitución del contenido, provistos de una etiqueta con el nombre del responsable de la producción.

Los registros

La agricultura orgánica requiere como condición básica la de llevar un registro detallado de las actividades realizadas y las producciones obtenidas. Estos registros son de gran utilidad para la agencia certificadora para poder tener una visión más amplia y detallada del proceso productivo:

  • Registro de compra de insumos
  • Registro de producción de lotes
  • Registro de operaciones de limpieza.
  • Registro de movimiento de hacienda.
  • Registro de labores
  • Registro de precipitaciones.

 

 

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